
El Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa con sede en la Ciudad de México confirmó la protección concedida por el juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de Chihuahua, en el amparo 917/2021 a las comunidades indígenas de El Manzano y Monterde. Ordena la restitución de derechos, entre ellos ser considerados víctimas y el retorno seguro a sus comunidades.
La violencia que se vive en sus comunidades los hizo desplazarse de manera forzada a fin de salvar su vida, a pesar de ello han encontrado la resistencia de las autoridades para cumplir con los amparos que han obtenido y las recomendaciones de la Comisión Estatal y Nacional de Derechos Humanos.
La sentencia que los protegió fue impugnada por las autoridades y resuelta por el Tribunal Colegiado, consideró que habían sido demostradas y probadas las omisiones de las autoridades en las violaciones de derechos humanos sufridas. El Tribunal ordena que se les restituya en sus derechos.
En Chihuahua, las condiciones de inseguridad en los territorios indígenas, la omisión estatal y la sistemática violación a derechos humanos ha generado las condiciones para el desplazamiento forzado de cientos de personas que han tenido que salir de sus comunidades.
La comunidad de Monterde, en el municipio de Guazapares, fue expulsada en 2014 y en 2015 la comunidad de El Manzano, en Uruachi. Ambas comunidades conforman un colectivo de más de 120 personas en situación de desplazamiento.
La comunidad de El Manzano, en el municipio de Uruachi, ha sido uno de los casos más conocidos, ellos fueron desplazados desde el 2015, sin embargo su caso llegó hasta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con apoyo de las organizaciones civiles.
Los desplazados de El Manzano han tratado de regresar a su territorio, pero cada intento les ha costado la vida de un miembro.La Consultoría Técnica Comunitaria (CONTEC) informó que con la sentencia del Tribunal Colegiado, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas deberá realizar su registro como víctima del total de quejosos que acudieron al amparo, incluidos los reconocidos en la recomendación CNDH 96/2022, actuar en coordinación con la Secretaría de Gobernación para evitar la continuidad de sus afectaciones, asistencia humanitaria; satisfacer sus necesidades de alimentación, aseo personal, manejo de abastecimientos, atención médica y psicológica, transporte de emergencia, alojamiento en condiciones dignas y seguras.